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Fiscal, Sector Público Impuestos Estatales del Estado de Yucatán y su Ley General de Hacienda. Parte 3

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Fiscal, Sector Público  Impuestos Estatales del Estado de Yucatán y su Ley General de Hacienda. Parte 3

De los Estímulos Fiscales

 

D.C.F. Luis Felipe Cervantes González socio fundador de Cervantes Pérez Consultores.

Señala la ley que las personas físicas y morales, así como los entes económicos sin personalidad jurídica, a que hace referencia el artículo 22 de la Ley de Hacienda del Estado de Yucatán, no pagarán el impuesto a que se refiere el capítulo del Impuesto Sobre Erogaciones por remuneración al trabajo personal, subordinado o no, durante su primer año de actividades en el Estado de Yucatán. Exenciones que a veces no observan los contribuyentes, pagando de más.

 

Y exceptuados, no están comprendidas en el supuesto previsto en el artículo anterior quienes:

I.- Con  anterioridad  a  la  entrada  en  vigor  de  esta  disposición  ya  estuvieren operando;

II.- Las que provengan de la escisión o fusión de sociedades, en los términos de la legislación aplicable;

III.- Las que reanuden actividades;

IV.- Las que cambien de denominación o razón social, o

V.- Aquellas cuyos trabajadores provengan de sustitución patronal de otras personas morales relacionadas por pertenencia accionaria.

 

Exención importante, los contribuyentes que generen en forma directa nuevos empleos permanentes en el Estado, no pagarán durante el período equivalente a un año, el impuesto establecido en este capítulo, por las erogaciones destinadas a remunerar dichos empleos y a partir de la contratación o registro de los nuevos trabajadores, en cualquiera de las instituciones de seguridad social que operan en el Estado.

 

Se consideran nuevos empleos los de carácter permanente, que se contraten en forma adicional al promedio mensual de la plantilla de personal que hubiere ocupado el contribuyente durante el año calendario inmediato anterior, al de la contratación del personal.  No se permite  cambiar trabajadores de empresa a empresa a fin de lograr la exención.

 

Y no están comprendidas en este artículo, las remuneraciones correspondientes a los empleos de carácter eventual y las que tengan por objeto sustituir a otro trabajador.

 

 

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Posted on

5 octubre, 2020